(Resolución 566/04 del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación)

ACTIVIDADES PROFESIONALES RESERVADAS AL TÍTULO DE FARMACÉUTICO

“ES EL PROFESIONAL RESPONSABLE DE LA INVESTIGACIÓN, EL DISEÑO, LA SÍNTESIS, LA ELABORACIÓN O PRODUCCIÓN, EL CONTROL, EL FRACCIONAMIENTO, LA ESTERILIZACIÓN, EL ALMACENAMIENTO, LA CONSERVACIÓN, LA DISTRIBUCIÓN, LA IMPORTACIÓN, LA EXPORTACIÓN, EL TRANSPORTE, LA APLICACIÓN, LA RECOMENDACIÓN, LA DISPENSACIÓN Y EL EXPENDIO DE MEDICAMENTOS Y DEMÁS PRODUCTOS SANITARIOS, EN SU FORMA DE PRINCIPIO ACTIVO, ESPECIALIDAD MEDICINAL Y FÓRMULA MAGISTRAL U OFICINAL, COMO ASÍ TAMBIÉN A LA INFORMACIÓN, EL ASESORAMIENTO Y EL SEGUIMIENTO DE LOS PACIENTES U OTROS SERES VIVOS QUE HAGAN USO DE LOS MISMOS.”

La docencia, las consultorías, las auditorías, las pericias y toda otra tarea establecida en las incumbencias dictadas por la autoridad educativa también se consideran parte del ejercicio profesional farmacéutico

1

Desarrollar en forma exclusiva las siguientes actividades:

a) Ejercer la dirección técnica de farmacias privadas; farmacias de establecimientos asistenciales públicos, privados, y de las fuerzas armadas; servicios de esterilización de establecimientos productivos o asistenciales, públicos, privados y de las fuerzas armadas; droguerías; distribuidoras; laboratorios o plantas industriales que realicen: investigación, diseño, síntesis, desarrollo, producción, control de calidad, fraccionamiento, envasado, esterilización, almacenamiento, conservación, distribución, importación, exportación y transporte, de medicamentos y productos para la salud del ser humano y otros seres vivos. Ejercer la supervisión del personal técnico a su cargo.

 

b) Preparar formulaciones farmacéuticas y medicamentos magistrales y oficinales; y dispensar medicamentos de origen industrial, en farmacias de atención directa al público (privadas, comunitarias, comunitarias, de obras sociales, etc.) o en servicios de atención de la salud (hospitales, sanatorios, centros de salud, dispensarios, etc.) ejerciendo la dirección técnica o función similar y/o las funciones paramédicas, de acuerdo a la legislación y reglamentaciones vigentes en cada jurisdicción.

 

c) Intervenir en la investigación y diseño, desarrollo, producción, control de calidad, envasado, almacenamiento y distribución de medicamentos fabricados en serie por la industria farmacéutica, actuando como director técnico o función similar de acuerdo a la legislación y reglamentaciones vigentes en el orden nacional o provincial.

2

Investigar, diseñar, sintetizar, desarrollar, producir y controlar, preparar, fraccionar, envasar, almacenar, conservar, distribuir, dispensar, administrar / aplicar y monitorear medicamentos y productos para la salud.

3

Realizar seguimientos farmacoterapéuticos de productos destinados a la curación, alivio y prevención de enfermedades del ser humano y otros seres vivos.

4

Ser el profesional responsable de la Dirección Técnica de las plantas industriales que realicen todos los procesos enumerados en el punto 1.

a) respecto de: alimentos, productos veterinarios, desinfectantes, insecticidas y biocidas.
5

Realizar estudios farmacológicos y toxicológicos en sistemas biológicos aislados o en seres vivos.

6

Extraer, aislar, investigar, identificar y conservar principios activos, medicamentos y nutrientes naturales u obtenidos de procesos sintéticos y/o biotecnológicos.

7

Integrar el personal técnico de producción, control, desarrollo, fraccionamiento y almacenamiento en Farmacias, Industrias Farmacéuticas, Alimentarias y Cosméticas y Laboratorios o Institutos relacionados o vinculados con las mismas.

8

Asesorar y participar en la acreditación, supervisión técnica y categorización en todo establecimiento público o privado donde ejerza, el Farmacéutico, su actividad profesional.

9

Asesorar a otros integrantes del equipo de salud y a la población sobre el uso racional del medicamento y otros productos para la salud.

10

Participar en el contralor profesional Farmacéutico en los distintos establecimientos y organismos públicos y privados: municipales, provinciales, nacionales e internacionales.

11

Establecer las especificaciones técnicas, higiénicas y de seguridad que deben reunir los ambientes en los que se realicen los procesos tecnológicos, en el ámbito oficial o privado, hospitalario o industrial destinados a la preparación, almacenamiento, distribución y dispensación de medicamentos y otros productos farmacéuticos, alimentos dietéticos, cosméticos, productos alimenticios y otros relacionados con la salud.

12

Participar en la realización de estudios, consultas, asesoramientos, auditorías, inspecciones, pericias e interpretaciones en temas de su competencia en los cuerpos legislativos y judiciales, en organismos públicos o privados: municipales, provinciales, nacionales e internacionales.

13

Actuar en equipos de salud, en la administración, planificación, programación, ejecución y evaluación de campañas y programas sanitarios.

14

Intervenir en la confección de normas, patrones de tipificación, evaluación y certificación para materias primas y drogas importadas o para exportar, relacionadas con medicamentos, alimentos, cosméticos y otros productos para la salud.

15

Intervenir en la preparación, redacción y actualización de la Farmacopea Nacional Argentina, de Formularios Terapéuticos, de los Códigos, Reglamentos Alimentarios y de todo otro texto o disposición legal relacionada con la actividad farmacéutica y la salud pública.

16

Organizar, actuar y dirigir centros de información, suministro, gestión y control de medicamentos y productos para la salud, públicos o privados.